democracia en los hospitales
SOLICITO SUSPENCIÓN PLAZO SE PRORROGUE VEINTE DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS
Buenos Aires de noviembre de 2005
Sra. Jefa de Recursos Humanos
Del Hospital de Niños
Ricardo Gutierrez
Sra. Teresa Pereira
S / D
Re. Nota interna "Nueva Carrera
Profesionales de la Salud"
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. y por su intermedio a las autoridades que correspondan, en relación a la nota de la Referencia, que el departamento de Recursos Humanos me entregara en el presente mes de noviembre en cumplimiento de lo dispuesto por el Memo Nº 6037 de la SSP.
Al respecto quiero poner en su conocimiento que:
- La nota de la referencia –que no lleva Nº ni membrete- se titula "Nueva Carrera Profesionales de la Salud", pero según el Acta 18 de la Negociación Colectiva de trata de un "proyecto" de nueva Carrera de la que se presentan en este acto "lineamientos generales y grado de avance". Por lo tanto, solicito me informe si un "Proyecto" es suficiente para modificar y regir las condiciones de trabajo, si la Ordenanza 41.455 ha sido derogada y cuándo y bajo qué estatuto legal ha entrado en vigencia –y por lo tanto, dejado de ser Proyecto- la así nombrada "Nueva Carrera".
- La nota de Referencia que emplaza a la elección entre a) "continuar con la misma carga horaria" y b) "ampliar/reducir a 30 hs." Esta opción se exige en condiciones de total desinformación ya que, en el caso de optar por continuar con 24 hs. no está aclarado:
- cuál será el salario a percibir
- de qué manera estará contemplada la capacitación en ese caso
- cómo se otorgarán los créditos por capacitación
- qué significará tomar esta opción en términos de las evaluaciones que se prvé implementar.
- El emplazamiento de 24 hs. para dar respuesta según la cláusula "Fecha de Entrega, 24 hs de recibido" que figura a pie de página en la Nota de Referencia, se contrapone a los 5 (cinco) días hábiles que corresponden de plazo a todo acto administrativo según el decreto 1510/97, atentando contra el elemental derecho a la información y al asesoramiento respecto de un cambio trascendente en las condiciones de trabajo.
- Algunos de los cambios propuestos en las condiciones de trabajo, vulneran la estabilidad en el empleo que es derecho adquirido y que está garantizada en la Ordenanza 41.455 de la Carrera de Profesionales de la Salud aún vigente.
(veinte) días hábiles administrativos, el tiempo para dar respuesta a lo solicitado por la Secretaría de Salud, previa aclaración de los puntos expresados.
Sin otro particular saludo a usted muy atentamente
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