La AMM contra el Dr. Wajner: documentos
Documento de la AMM contra el Dr. Wajner
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Asociación de Médicos Municipales
De la Ciudad de Buenos Aires
Tribunal de Honor
Buenos Aires, Noviembre 17 de 2005
Se reúne el Tribunal de Honor con la presencia de los Dres. E. Visillac, B. Wons, V. Catanzaro y E. Fendrik.
En relación al pedido de Tribunal de Honor solicitado por los Dres. Oscar Manzini, Carlos Rojo, Eduardo Kerzberg y Alejandro Muñoz para el Dr. Alejandro Wajner} del Hospital Ramos mejía, luego de la lectura de los textos publicados en las páginas web que lo motivaron y reconocidos como propias por el denunciado; que los mismos hasta la fecha no han sido eliminados y que tampoco el citado profesional ha incluido en las mismas su pedido de disculpas o desagravio que remitiera únicamente por nota dirigida al Sr. Presidente de la Asociación de Médicos Municipales, se concluye que:
El Dr. Alejandro Wajner no sólo ha agraviado a colegas del Hospital Ramos Mejía sino también al Comité Ejecutivo de la AMM. Y a su Tribunal de Honor incurriendo en falta ética grave.
Se pone en conocimiento del Comité Ejecutivo.
(Cuatro firmas sin aclaración)
2 comentarios
EDUARDO COCCA -
Estimados : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre " Ética y Medicamentos " estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .
La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.
Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.
Lo saludo cordialmente.
Profesor Universitario.
Eduardo Marcelo Cocca
e-mail : profcocca@gmail.com
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por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a
ecocca@fibertel.com.ar para no ser contactado nuevamente.
SERVICIO DE INTERNET
Ley 26.032
Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
Sancionada: Mayo 18 de 2005
Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°
La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
ARTICULO 2°
La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3°
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
REGISTRADA BAJO EL N° 26.032
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
EDUARDO O. CAMAÑO. MARCELO A. GUINLE. Eduardo D. Rollano. Juan Estrada.
Prof. Cocca : entrevistas radiales, cartas y hechos.
http://cartasacocca.blogspot.com/2008/02/profesor-cocca.html
http://www.goear.com/listen.php?v=00cc708
http://www.goear.com/listen.php?v=4e93b69
http://www.goear.com/listen.php?v=01706
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http://cartasacocca.blogspot.com
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graciela Scorzo -
El pensamiento único el creerse expertos, sabios o científicos siendo nada más que mercaderes no les da ninguna autoridad para sancionar a nadie,el proyecto que impulsaron sobre el colegio médico involucra a grandes profesionales "así considerados por muchos de nuestros colegas" es bueno tener memoria y si no , repasar cuales fueron las Sociedades Médicas que impulsaron ese proyecto,yo le pedí explicaciones a la AAMR y me contestó el presidente que no se habían expedido, lo cual significa en estos casos marche preso,ese hecho fue el determinante para no ponerme al día con la cuota societaria y automáticamente me dieron de baja como corresponde a tan prestigiosa sociedad.
Es hora de estar de pie y no arrodillados
saludos cordiales Dra Graciela Scorzo