Carta desde Chile sobre conflictos de parejas desde la paternidad
CLAUDIA VIVALDI SACCO MEDIADORA FAMILIAR TRIBUNALES DE FAMILIA ALIENADORA PARENTAL.
Señor Director,
Soy un padre de 42 años y no he podido ver a mi hija desde los 6 meses vida, esto producto de la inmadurez típica de algunas mujeres que hacen de sus hijos el arma de batalla frente a una relación fracasada pasando por alto el dolor que esto produce en todo el núcleo familiar especialmente en los niños. Creo relevante destacar 2 antecedentes importantísimos para la comprensión de mi problema, esto es que mi ex esposa es la hija consentida de un acaudalado empresario minero del norte de chile, su situación económica es tal que todo lo que se puede comprar con dinero, para ellos es muy barato. hace 4 años convive con un abogado.
Cuando nos casamos constituimos una sociedad anónima, cuya razón social era su apellido, la empresa quebró, ella renuncio a su cargo de gerente con un papel notarial y yo tuve que asumir las deudas por alrededor de 70 millones de pesos lo que me hiso evidentemente un prófugo de la justicia, circunstancia que ella aprovecho para hacerme desaparecer de la vida de mi hija .
Lo sorprendente Señor Director es lo siguiente: mi ex señora es asistente social, abogado, recibió su titulo presentando una tesis sobre las convenciones internacionales de los derechos del niño, y además es mediadora del nuevo sistema judicial de los tribunales de familia de la república de chile, cuando pedí en el tribunal de familia mediación, la madre de mi hija (mediadadora) no llego a ninguna de las 2 citaciones que impone el sistema. En esta segunda instancia de mediación en la cual ella no se presenta, la señorita del mesón de la oficina de mediación curiosamente me dice que no me puede entregar el documento que acredita la mediación frustrada pues debo llevar un certificado que acredite mi sueldo. una vez que cumplo con todas estas formalidades y finalmente demando por régimen de visitas en los tribunales de familia el juez insólitamente no ha lugar a la admisión de mi demanda pues debo solicitar más antecedentes en la oficina de mediación. señor director, me pregunto a que antecedentes se refiere el señor juez si no pudo haber mediación por que la madre de mi hija no se presento a ninguna de las 2 instancias legales que existen para que se produzca una mediación. ¿Como es posible que un mediador de familia, no sea capaz de mediar sobre su propia realidad familiar?.
En el mes de julio del año 2010 fecha en que prescribieron mis deudas y que podía presentarme a un tribunal para pedir visitas y ver a mi hija ,me entero de que le cambio el nombre( a mi hija) dándole el apellido de su conviviente abogado.
Señor Director, ¿Cómo es posible que en Chile se le pueda cambiar el nombre a un menor de 7 años mediando la sola voluntad de uno de los padres, haciendo una publicación de 2 centímetros en el diario? y que el juez decida tomar como prueba la declaración de una guagua de 7 años para que ella decida si quiere o no cambiar su apellido Sin tomar en consideración la opinión del padre que está vivo y que inscribió personalmente EL nacimiento de su hijo en el registro civil, sin ponderar el juez que esta modificación es irrevocable según ley y que afecta directamente en la identidad y personalidad de un individuo y con mayor razón en la vida de un niño que depende absolutamente de la voluntad de su tutor. ¿seguirá imperando en chile el tráfico de influencias sin importar la alteración en la historia de vida de un niña por el solo poder del dinero?
Actualmente estoy tomando todas la medidas jurídicas para colocar las cosas en su lugar y rescatar a mi hija de las garras de estas mentes anti éticas que por la soberbia que les producen sus envestiduras profesionales y el hecho de pertenecer al sistema judicial sienten que pueden atropellar los derechos más sustanciales en la vida humana de un niño y peor aun de sus propios hijos, alterándoles la filiación, y modificando los atributos de la personalidad del infante.
Señor Director mi hija tiene el derecho de conocer a su padre tiene derecho a llevar su apellido paterno y conocer su familia paterna. yo necesito urgentemente entregarle mi amor de padre, que hoy las instituciones que velan por su protección se han empeñado en negar.
atte.
Jorge Luis salas Moya
CI:11348687-2
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