Macri contra los laboratorios populares
La Producción Pública de Medicamentos
y su importancia para la salud de la población.
Acerca del Decreto 2135 del GCBA
Comunicado de la
Cátedra Libre de Salud y Derechos Humanos
Facultad de Medicina
UBA
El decreto 2135 del GCBA veta la ley 2566, que había sido aprobada con todos sus requisitos por la legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, invocando razones que no parecen ajustarse a la realidad.
La Ley aprobada en noviembre de 2007 prevé abastecer de medicamentos necesarios para la población por constatarse una demanda, que califica de insatisfecha debido a que si no es provista por el Laboratorio, el “mercado” difícilmente lo hará, con las consecuencias que esto conllevaría en la salud de la población. El modo en que la ley lo establece aprovecha de una manera racional casi 40 años de trayectoria, pero muy especialmente la experiencia de los últimos 11, desde 1996, donde ha desarrollado tres líneas de producción:
1) seis medicamentos indispensables para el tratamiento de la tuberculosis, incluyendo Pas- sódico y Etionamida, que no son producidos por ningún otro laboratorio del país y cuya importación es en general dificultosa o imposible.,
2) psicofármacos que abastecen el sistema de salud mental de la ciudad
3) y desde el año 2002 –como respuesta adecuada, racional y oportuna a la crisis que se vivió en nuestro país- una línea básica de medicamentos para la Atención Primaria de la Salud.
Esta producción se realiza con profesionales idóneos, de primer nivel, cumpliendo desde hace años con tareas que la ley dispone. Las condiciones en las que se producen -y el control de calidad a que son sometidos- y se almacenan los medicamentos son adecuadas y por ello están autorizados por la autoridad pertinente de la Ciudad de Buenos Aires. La ley se creó para generar condiciones que mejoran las actuales y que posibilite la producción de otros medicamentos -básicos esenciales y huérfanos- necesarios para la población de la Ciudad y –en un futuro- proveer al resto del país, de establecerse que esto sea pertinente. Solo en ese caso es necesario que las normas sean adecuadas a las que dicta ANMAT.
Por lo tanto es necesario aclarar cada punto que el decreto postula. Citaremos cada uno de ellos para analizar su contenido. Dice que “el laboratorio en cuestión”:
a) “no resulta viable en el contexto y condiciones previstas en el citado proyecto de ley”. Sin embargo en estas condiciones se producen desde hace 11 años. Se han desarrollado dos medicamentos específicos para la Tuberculosis Multirresistente (que son distribuidos por el Programa Nacional) como son el PAS – Sódico y la Etionamida. Ninguno de ambos –como ya fue dicho- son producidos en ningún otro lugar del país y no siempre es posible –además de ser oneroso- importarlos.
b) “al referirse a la clase de medicamentos cuya producción se prevé desarrollar, se hace mención a medicamentos ‘huérfanos’, ‘básicos’ o ‘imprescindibles’ contemplando de este modo un muy amplio espectro de drogas, lo que exigiría contar con una estructura significativa y con recursos técnicos y humanos capacitados para producir tan vasta gama de productos medicinales”. Sin embargo dos medicamentos huérfanos y varios básicos (todos ellos imprescindibles) se han desarrollado y se producen desde hace años. Particularmente el caso del PAS –sódico se ha desarrollado de un modo original para el uso específico, rescatando el método de la bibliografía y de la experiencia, debido al personal profesional altamente capacitado con el que se cuenta. La “gama de productos medicinales” no es tan amplia, y si lo fuera la ley dice textualmente que “esta iniciativa se funda en la necesidad de instrumentar políticas tendientes a garantizar a la población el acceso a la atención de la salud de la cual una política de medicamentos es parte esencial”. La experiencia de las varias decenas de laboratorios de Producción Pública de Medicamentos (PPM) que operan en todo el país ha sido la de avanzar en forma progresiva para cubrir las necesidades de la población, y han demostrado en la mayoría de los casos que este avance es posible, necesario, adecuado y eficiente. Esto se ha dado en municipalidades, provincias, universidades y otras instituciones, que proveen medicamentos para satisfacer necesidades del sistema, en algunos casos de forma mayoritaria o total (casos Rosario, San Luís, Río Negro, etc.). El plantel de profesionales, como ya fue dicho, ha sido capaz de sostener la producción todos estos años, y los requerimientos futuros no son inmediatos, serán graduales y existen diversos modos -previstos por la ley- de integrarlos que tampoco implican recursos onerosos.
c) “en lo que respecta a la estructura edilicia, el art. 7° del referido Proyecto de Ley, exige el necesario cumplimiento de las disposiciones de la Autoridad Nacional de Medicamentos (ANMAT), para permitir la habilitación del mentado laboratorio, así como la certificación de las BPFyC (Buenas Prácticas de Fabricación y Control) e inscripción de los medicamentos”. Como fue indicado, esto no es una necesidad imperiosa sino un objetivo, que no requiere de gran inversión, y –para ello- hay un presupuesto votado -y aun no ejecutado- por la legislatura hace ya un año. Además, se cuenta con la colaboración del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) que ha manifestado su compromiso de asesorar, instruir, capacitar y aportar su estructura al costo (incluyendo asesoría para su construcción, como ya ha hecho el INTI con otros edificios del área de la salud en la Ciudad de Buenos Aires, merced a la existencia de un convenio vigente entre el INTI y el Ministerio del área), a fin de lograr los mejores resultados posibles. Esta vía ha sido utilizada por varios Laboratorios de PPM en el país con éxito.
d) “a ello debe sumarse la observancia de las normas de higiene y salubridad, que permitan la habilitación de un laboratorio estatal que ofrezca las condiciones necesarias para una producción de envergadura”. Dichas normas son cumplidas en la actualidad y no configuran un problema importante. Conviene aclarar que para este punto y el anterior, además, deberán adecuarse las normas a todo el predio donde se construirá el llamado “Polo Farmacéutico”(compartido por Laboratorios de la Industria Privada), previsto en la ley. Cabe acotar que si no se construye el Laboratorio de la Ciudad, el Gobierno de esta habrá brindado facilidades extraordinarias al sector privado (son 11 laboratorios, un predio de 82000 m²) sin que se produzca ningún beneficio específico en el área de la salud pública, que estaba incluido en la lógica por la que se realizó el proyecto con la Corporación Buenos Aires Sur.
e) “a ello debe sumarse la observancia de las normas de higiene y salubridad, que permitan la habilitación de un laboratorio estatal que ofrezca las condiciones necesarias para una producción de envergadura”. Dichas normas son cumplidas en la actualidad y no configuran un problema importante. Conviene aclarar que para este punto y el anterior, además, deberán adecuarse las normas a todo el predio donde se construirá el llamado “Polo Farmacéutico” previsto.
f) “es dable advertir, que los recaudos antes enumerados no pueden ser satisfechos en las condiciones actuales del Laboratorio que funciona en los Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, y cuyas características y situación de operatividad, si bien cumplen su finalidad propia, no están en condiciones de receptar el emplazamiento de un organismo de las particularidades del que prevé (la ley)”. Como ya fue dicho, los problemas que se mencionan para el caso son perfectamente abordables en las condiciones presentes, con medidas sencillas. Y los problemas que se enfrentarán en el nuevo edificio también son abordables. No así los que surgen de carecer del laboratorio, que son onerosos, imprácticos, perjudiciales y en algún caso, inabordable, como ya se indicó.
g) “por otra parte, no deben perderse de vista las condiciones especiales de almacenamiento necesarias para cada tipo de droga, lo que implica contar con depósitos, heladeras y cámaras frigoríficas para una variedad importante de drogas, un stock significativo de materiales, prospectos, envases, frascos, máquinas para ‘blistear’ y todos aquellos insumos que hacen a la producción, envasado, buena guarda y distribución del material”. Las condiciones que se mencionan se cumplen para los medicamentos que se producen y no implicaran problemas de entidad en la medida que la producción se expanda en forma gradual. Se han resuelto favorablemente en localidades y provincias que cuentan con recursos mucho menores que la Ciudad de Buenos Aires.
h) “asimismo, y dadas las características del emprendimiento en cuestión, el Poder Ejecutivo debe estar en condiciones de poner en marcha, en forma inmediata al desarrollo del proyecto, estudios de estabilidad, que permitan asignar a cada producto elaborado su vencimiento y estudios de equivalencia terapéutica, que garanticen la compatibilidad con otros medicamentos”. Estamos completamente de acuerdo y es un objetivo que se ha estado cumpliendo y se adecuará al crecimiento, tal como se dijo en el punto anterior. El laboratorio actualmente cuenta con el reglamentario depósito y el “museo” de muestras para estabilidad. La adecuación, insistimos, no es onerosa si ser realiza con los criterios mencionados.
i) “los aspectos antes expuestos, ponen en evidencia la imperiosa necesidad de contar con recursos humanos altamente capacitados, que permitan alcanzar la producción que se pretende lograr con la puesta en marcha del Laboratorio Estatal de Medicamentos, extremos éstos, que no pueden ser satisfechos en lo inmediato con el personal que cumple funciones en el Laboratorio de los Talleres Protegidos de Rehabilitación Psiquiátrica, y con el que se tendría que contar, de acuerdo a lo prescripto por el art. 4° del mencionado Proyecto de Ley”. Nuevamente, los recursos humanos que se dispone garantizan las condiciones actualmente, y la ley prevé gradualmente –de diversa manera- resolver las necesidades cuando se vayan presentando.
j) “por último, cabe señalar que el proyecto de norma en análisis carece de previsiones en materia de patentes, registro y propiedad intelectual”. Si en los puntos anteriores se percibe un conocimiento superficial del problema, en este el desconocimiento es absoluto: no existen mayores problemas referidos a patentes y propiedad intelectual de medicamentos huérfanos y básicos esenciales, ya que en todos los casos –al menos los previstos- se trata de fármacos con patentes vencidas.
k) Los puntos restantes cuestionan la capacidad de enfrentar las erogaciones que el laboratorio insumiría. Esto ya ha sido respondido y –en todo caso- es perfectamente posible adecuarlo al ritmo de requerimientos, una vez ejecutados los recursos ya disponibles. La ley prevé, además, acuerdos con el nivel nacional. No dudamos que la vía de resolución es exigir esos acuerdos con el mismo énfasis que se reclaman los recursos para la Policía de la Ciudad, toda vez que aquí –además- se aportarían medicamentos que la nación requiere –en algunos casos imperiosamente-, lo cual implica condiciones mucho más favorables para la negociación.
La PPM ha tomado un severo impulso a partir de la crisis de 2001-2002, cuando decenas o centenares de miles de personas vieron peligrar el acceso a medicamentos de un día para el otro. La seguridad de su acceso está aun muy lejos de garantizarse. Es por ello que, desde ese año a la actualidad, la PPM no ha hecho sino avanzar, enfrentando miles de problemas. Por ello se ha generado y sostenido una demanda de soluciones por parte de la Multisectorial por la PPM (que nuclea a más de 200 organizaciones) y a varias Cátedras de DDHH en todo el país. Prueba de ellos es el creciente interés en participar en los Encuentros Nacionales por la PPM de medicamentos que cada año se organizan, en conjunto, desde la Cátedra Libre de Salud y Derechos Humanos (Facultad de Medicina de la UBA) y la Facultad de Ciencias Exactas (Universidad Nacional de La Plata), desde hace 5 años. Prueba de ello es la conformación reciente de la Red de Laboratorios de PPM, en setiembre pasado, y los avances en cada una de las plantas productoras y en los laboratorios de control de calidad de las Universidades. El aporte que estos centros realizan a la salud es innegable e imprescindible. Ninguno de los problemas es inabordable y ninguno puede considerarse oneroso en función de la salud de la población, dado que en todos los casos los medicamentos se producen a un costo mucho menor y la garantía de calidad (entendida no solo del medicamento en sí, sino en la definición de necesidades epidemiológicas y de Salud Pública y del Uso Racional de Medicamentos) es mayor que si se dependiera del mercado. Lo que se necesita es –precisamente- avanzar en la coordinación entre los Laboratorios, comenzar a trabajar en Red, y establecer una Política de Estado respecto de este tema, que sostenga y facilite los avances en lugar de obstaculizarlos. Aun sin contar con esa política en el nivel nacional, con solo 10 de los laboratorios públicos que hoy producen medicamentos se tiene capacidad para superar (que es lo que está ocurriendo) en un 50% lo que provee (o debería proveer en los papeles) el Programa Remediar, que mes tras mes retira medicamentos del “menú” y van siendo reemplazados por la provisión de estos laboratorios. No cabe duda que la integración y la coordinación superaría con creces esta situación y proveería a todo el sistema público resolviendo la falta de acceso que hoy se verifica en muchas de las jurisdicciones que no cuentan con Producción Pública.
Los argumentos del veto son entonces superficiales o faltos de información, y no puede descartarse que pongan por delante la lógica neoliberal de hacer recaer sobre los sujetos la responsabilidad que el Estado tiene con ellos, dado que el Derecho a la Salud no puede ser ya discutido. Sería una forma lamentable de entender aquello de la finalización del “siglo de los Derechos Humanos” para ser reemplazado por el de “las obligaciones ciudadanas” donde estas obligaciones pasarían a ser las de los ciudadanos consigo mismos y no la aplicación de un derecho de ciudadanía que el Estado tiene que garantizarle a los ciudadanos. La idea de la “responsabilidad individual” en lugar del cuerpo de derechos garantizados por el Estado ya la hemos visto funcionar en los ’90 y ya nos ha llevado a la crisis más grave de la historia. La única manera de dejarla atrás de una vez es entender que los Derechos Humanos son un sistema articulado, progresivo e irrenunciable; que están incorporados a la Constitución Nacional por normas internacionales (solo para mencionar algunas: La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo) y que dentro de ellos el de la Salud se inscribe como un Derecho de Ciudadanía y Deber del Estado.
Cátedra Libre de Salud y Derechos Humanos
Facultad de Medicina
UBA
Enero de 2008
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