Blogia
criticamedicina

Hospital Público

La truchada en la Provincia de Bs AS

Formación de Enfermeros Truchos en la Provincia de Buenos Aires.

Inconstitucionalidad de la Resolución 4259/09 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

El Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, esta estafando a 4500 jóvenes bonaerenses, a través de Plan Eva Perón y a otros tantos miles que estudian en institutos terciarios que no entran en ese Plan,  generando un potencial problema de Salud Publica, haciéndolos  estudiar la Tecnicatura Superior de Enfermería bajo la Resolución 4259/09.

Dicha Resolución viola el Decreto 2225/01 Reglamentario de la Ley 12245 de Ejercicio de la Enfermería en la Provincia de Buenos Aires.

El conflicto Normativo (generador de la inconstitucionalidad), surge en que la Resolución 4259/09 se establecen menores competencias que las requeridas por el Decreto 2225 para la figura del Nivel Profesional de la Enfermería (articulo 3º), otorgando entonces un Titulo de Enfermero que no ajusta sus competencias a lo determinado por la Reglamentación de la Ley de Ejercicio de la Enfermería en la Provincia de Buenos Aires.

Las menores competencias determinadas por el nuevo marco normativo, están en que los futuros técnicos no estarán habilitados por su titulo para atender pacientes que requieran Cuidados Críticos, de Terapia Intensiva (Neonatal, Pediátrica, de Adultos), Unidad Coronaria, Unidad de Recuperación Cardiovascular, de Trasplantes.

En este punto hay que hacer la salvedad de la especialidad. Mas allá de las especialidades en Enfermería en Cuidados Críticos (que no están reglamentadas en la Provincia), el titulo de Enfermero HABILITA para trabajar en esas áreas.

En este caso, la provincia al otorgar la Matricula habilitante lo realiza, pero se matriculará como enfermeros, a técnicos que no llegan a cubrir esas expectativas según su titulo y no han recibido contenidos curriculares a tal fin.

Las competencias que determina el Titulo de Enfermero que surgen de la Resolución 4259/09, solo permiten cuidados de enfermería a pacientes hasta la complejidad de cuidados intermedios. (Ver, áreas de competencia, Res. 4259/09).

Claramente,  en la sub.- Áreas de Competencia, en el Área de Competencia 1, de la Resolución se establece:
Brindar cuidados de enfermería encaminados a satisfacer las necesidades de las personas en las distintas etapas del ciclo vital aplicando en proceso de atención de enfermería.

En el Decreto 2225/01, Art.3, inciso 18, (competencias del Enfermero), se establece:
Realizar todos los cuidados de enfermería encaminados a satisfacer las necesidades de las personas en las distintas etapas del ciclo vital. Entre otros:
j) Planificar, preparar, administrar y registrar la administración de medicamentos por la vía… respiratoria, natural y artificial
m) Controlar a los pacientes con respiración y alimentación asistida, catéteres centrales y otros.
n) Participar en los tratamientos quimioterapicos, en diálisis peritoneal y hemodiálisis
o) Brindar cuidados de enfermería a pacientes en estado crítico con o sin aislamiento
r) Realizar el control de pacientes conectados a equipos mecánicos o electrónicos
Los egresados por la nueva resolución ministerial, no podrán cumplir con  el Articulo 3º, inciso 18, puntos j, m, n, o y r del Decreto 2225/01 de la Provincia de Buenos Aires.
Es así, que la Resolución 4259/09 no establece como competencia del Técnico Superior de Enfermería el brindar TODOS LOS CUIDADOS de Enfermería, sino ALGUNOS.
Solo los que llegan hasta la complejidad de Cuidados Intermedios, como surge de la Resolución 07/07 del Consejo Federal de Educación.

En esta generación de parcialidad, se encuadra la truchada de la Formación de Enfermeros, agravado por la utilización de  fondos públicos en el Plan Eva Perón.

Este hecho, se constituye en un problema de Salud Publica, ya que la atención de Enfermería a los pacientes críticos es fundamental en el Sistema de Salud.

Día a día vemos la complejizacion de los servicios y cuidados, la apertura de nuevas unidades de alta complejidad, la habilitación de nuevos servicios.

¡Se compran respiradores de última generación, aparatología del primer mundo, pero se devalúa la formación de quienes manejaran esos aparatos y cuidaran a los pacientes: los enfermeros!

Los Técnicos Superiores de Enfermería, son los auxiliares de enfermería del Siglo XXI.

Las autoridades correspondientes, deben subsanar este grave error político-institucional, derogando la Resolución 4259/09, estableciendo una normativa que permita un ejercicio de enfermería integral y libre de riesgos, (como lo era la Resolución 35/69 de los enfermeros profesionales).

paritarias en la CABA

BALANCE DEL ACUERDO PARITARIO

 

 

Estimados compañeros profesionales: intentaremos hacer un balance del resultado del actual acuerdo paritario  aprobado  en el Consejo Central de Médicos Municipales del día martes 6 de abril:

 

De donde veníamos: comenzamos con Asambleas en el mes de febrero, por la amenaza de cesantías que fueron frenadas, (una “equivocación administrativa" según interpretación de la Dirección de MM), y el tema salarial. En esa oportunidad recibíamos información directa del Ministro de Hacienda del CABA, la  pauta salarial prevista era "CERO". A su vez el silencio de la  Dirección de MM, que solo  informaba: "estamos en negociaciones paritarias". Es así como tomamos en Asamblea   la decisión de comenzar medidas de acción local  que culminaron  en la jornada  del miércoles 17 de marzo convocada por la Interhospitalaria, con gran protagonismo de nuestro Hospital, que con la valentía y conciencia  de sus profesionales,  asumió la defensa de sus derechos laborales. Llevamos adelante un Paro de 24 hs con acatamiento de mas del 80%, y una concurrencia a la movilización a Jefatura de Gobierno del CABA de más de 80 profesionales de planta, junto con una numerosa participación de los profesionales residentes de nuestro hospital.

Ese día se hicieron presentes delegaciones numerosas de más de 17 hospitales y centros de salud, con fuerte acatamiento a la convocatoria de la Interhospitalaria. Dicho reclamo tuvo tanta repercusión que llevó a la dirigencia de MM, a declarar el Estado de Movilización y el llamado a Consejo Central sin fecha para iniciar plan de lucha. Simultáneamente se sucedían asambleas y acciones en varios hospitales: Tornu, Álvarez, Sarda, Ramos Mejía, Durad, Pena, Argerich, Lagleyze, Centros de Salud,  por encima de las estructuras que superaban a las conducciones oficialistas.

 

En ese contexto, y para evitar la profundización y extensión del conflicto salarial,  la Dirección de Médicos Municipales resuelve llamar a Consejo Central para votar el acuerdo paritario, sin debate previo en asambleas, desconocido hasta el momento por el conjunto de los afiliados y de los consejeros de la oposición,  con el  Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Resultado de votación paritaria del Consejo Central del 6/04/10: con el voto de 18 consejeros en contra, y 118 consejeros a favor de la Lista Integración,  que nunca bajaron a Asamblea a consultar a sus representados, con una metodología antidemocrática, sin transparencia, sin publicidad de los actos gremiales, se vota el siguiente acuerdo paritario:

 

 

1- Aumento de $800, para las categorías PS, MS 24, 23, 22, 21. no escalando y retroactivo a partir de marzo

2- Aumento de $1000 para las categoría PS, MS 20, 19, 18, no escalonado y retroactivo a partir de marzo

3-   incorporación de una nueva categoría a partir de noviembre PS, MS17

4- incorporación al básico de los $ 585, otorgados en el 2009, 50% septiembre y 50% en noviembre.

5- aumento de  un 20 %retroactivo al 1/3del plus de :  personal de guardia, jefaturas, áreas críticas, profesionales con prolongaciones horarias de 44h, consultorios de médicos de cabecera, guardias de sábado, domingo, y días no laborables y feriados.

6-pediatría en casa :20% de aumento retroactivo a marzo, de $2834 a $3401

7- Suplentes de guardia: 20 % de aumento escalonado en dos cuotas10% en abril y  10 %en septiembre

 

8-Profesionales Residentes: $650 para R1, R2, retroactivo a partir del 1 de marzo

9-Profesionales Residentes: $750 para R3, R4  jefes e Instructores retroactivo a partir del 1 de marzo

 

 

8- Las Paritarias continúan abiertas

 

Porcentajes estimativos de la Recomposición negociada:

17 a 30% según cada categoría.

 

 

 

 

 

 

Reflexión Final:

Llevamos nuestro reclamo por un piso de 6000$ para la categoría inicial,  y una recomposición del 40 % no escalonada y retroactiva a enero, lejos de nuestro justo reclamo, este modesto avance logrado es meritorio porque fue fruto de la lucha de los profesionales de nuestro hospital y trabajadores de la Salud de otros hospitales y centros de salud que nuclea la  Interhospitalaria.

Hay esperanza, el camino es continuar con el protagonismo y la participación, en defensa de nuestros derechos. 

Acorde con lo votado con la Asamblea del 7/7 de nuestro hospital seguimos movilizados por:

 

1) 6000$ para la categoría inicial de ingreso a la carrera y 40 %no escalonado retroactivo a enero  de recomposición

2) Aumento ya del mínimo no imponible para el impuesto a las ganancias para que  los aumentos no se licuen con el descuento impositivo

3) Compromiso de pelear por el 82% móvil ante el Parlamento Nacional, Legislatura de la Capital, y bloques parlamentarios que han tomado la iniciativa de tratar de ingresar esa propuesta como proyecto de ley

4) Paritarias Democráticas, públicas y transparentes, refrendadas en Asambleas.

 

5) Efectivización ya de los nombramientos de los cargos concursados (en nuestro hospital 49), y regularización de los profesionales que han sufrido caída de módulos y reducción de sus ingresos ( en nuestro hospital 32)

6) No a los descuentos compulsivos en los haberes, y entrega en tiempo y forma de los recibos

7) Defensa indeclinable del Hospital y la salud pública.


FILIAL DE MEDICOS MUNICIPALES DEL HOSPITAL DE NIÑOS RICARDO GUTIERREZ

 

ASOCIACION DE PROFESIONALES DEL HOSPITAL DE NIÑOS RICARDO GUTIERREZ

 

 

La Sala VIII de la Càmara Nacional de Apelaciones del Trabajo, ORDENO la REINCORPORACION  de un enferemero de la Sede Saavedra del CEMIC.
 
El mismo habìa sido despedido por integrar la Comisiòn Organizadora del Sindicato de la Salud, una asociaciòn sindical SIN PERSONERIA GREMIAL Y SIN INSCRIPCION GREMIAL (EL TRAMITE AUN NO FUE APROBADO POR EL MINISTERIO DE TRABAJO).
 
La Sala sostuvo que hubo discriminaciòn, y que el empleador no pudo demostrar que el despido obedeciò a "causas absolutamente extrañas a la vulneraciòn de los "Derechos fundamentales de los trabajadores, como es su libre asociaciòn" y por ello ORDENO DEBE SER REINSTALADO DE INMEDIATO EN FORMA PREVENTIVA.
 
Con esta Sentencia la Càmara mencionada da continuidad y refuerza a otros fallos que marcan que la "TUTELA SINDICAL COMIENZA A PARTIR DE LA FUNDACION DE UN SINDICATO Y NO DEL RECONOCIMIENTO ESTATAL"
 
 

los contratados

En el año 2008, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó un fallo trascendental para los empleados públicos, especialmente para aquellos cuya relación laboral se rige por la Ley de Contrato de Trabajo, y por ende, carecen de estabilidad en el empleo.

Se trata del caso 'Madorrán c.Administración Nacional de Aduanas', en el cual la Corte ordenó reinstalar a una trabajadora que había sido despedida de ese organismo público, ya que no se había realizado un sumario previo.

Tras varias décadas de proliferación de contrataciones ilegales y, fundamentalmente, de penetración de la inestabilidad laboral de la Ley de Contrato de Trabajo en las relaciones de empleo público, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dado un paso importantísimo al declarar la nulidad de un despido sin sumario previo en un organismo público.

El artículo 14 bis, de nuestra Constituciòn, entre otros derechos fundamentales para los trabajadores, estableció en 1957 la "ESTABILIDAD DEL EMPLEADO PUBLICO", cuya finalidad es la garantía de una carrera administrativa en base a la capacitación y promoción de los trabajadores, pero también el funcionamiento del Estado como estructura capaz de canalizar las demandas de la sociedad, protegiéndolo de la tendencia de los partidos políticos que asumen el gobierno de cambiar la planta del Estado y contratar nuevos trabajadores afines a su ideología.

La implantación del despido sin justa causa a través de la aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo -régimen de empleo privado que expresamente excluye a los empleados públicos- fue una política promovida por el gobierno de Menem y Cavallo, y aceptada por algunos sindicatos que firmaron convenios colectivos de trabajo que permitían esta figura, eliminando la estabilidad garantizada por la Constitución Nacional.

El caso 'Madorrán' es, entonces, el puntapié inicial desde el punto de visto judicial para desandar un camino de fraudes y violaciones de la Constitución Nacional por parte del propio Estado, paradójicamente el supuesto 'garante' de la legalidad.

Lo importante del caso es, además, que la Corte Suprema determina que NINGUNA LEY NI CONVENIO COLECTIVO, puede ir en contra de este principio constitucional, lo que implica un límite concreto a la autonomía colectiva en este sentido, ante el silencio cómplice de muchas organizaciones sindicales.

Esto debiera, por ende, significar un llamado de atención para el Ministerio de Trabajo de la Nación, a la hora de homologar convenios colectivos que contradigan, como en este caso, el art. 14 bis de la Constitución Nacional.

Y, fundamentalmente, debiera resonar en los oídos de TODOS los Gobiernos , que además de la estabilidad del empleado público y las contrataciones fraudulentas que perduran y proliferan en el Estado, incumple con la mayoría de los derechos garantizados por el art. 14 bis, como salarios dignos, igual remuneración por igual tarea, condiciones dignas y equitativas de labor, negociación colectiva libre y el derecho de huelga.

Por último, esperamos que la Corte Suprema falle en igual sentido en las causas pendientes de resolución en casos de 'contratados' que fueron despedidos sin causa y modifique el criterio jurisprudencial que en tal sentido impera desde 1995, en tiempos de la 'corte menemista', lo que verdaderamente implicaría un cambio en la tan mentada 'seguridad jurídica', pero a favor de los trabajadores.

Abogado para reclamar el 40%

RyP informa

Recupero del 40%

Abogado que no cobra honorarios

 

Tal como adelantáramos a fines del año pasado, RyP se  puso en contacto con un abogado laboralista para iniciar las acciones legales tendientes a reclamar el 40% contemplado en la Ordenanza 45.241 http://renovaryparticipar.blogspot.com/search/label/Ordenanza%2045.241%2FMCBA%2F91
 
Si bien inicialmente informamos sobre distintos abogados que se podían consultar, esta propuesta nos resultó interesante ya que este profesional no cobra inicio de trámite ni  honorarios sobre lo ganado en el juicio. Los motivos de tal conducta los encontrás en: http://renovaryparticipar.blogspot.com/2010/02/recupero-del-40.html
 
Estamos cerrando los últimos grupos, los que no lo hayan hecho y tengan interés, por favor acerquense con la fotocopia de tu recibo de sueldo a llenar la planilla de datos.
 

Podrán entregarselo a:

 

Guillermo Rossi - Vascular Periférico, C.Ext. 1º piso (martes, miércoles y jueves)

Laura Cortés – Dermatología C.Ext. 1º piso (lunes, jueves y viernes)

 

Nuestro mail: renovaryparticipar@gmail.com

Nuestro blog: http://renovaryparticipar.blogspot.com/

                                                                                           RyP



movilizaciones en defensa de la salud popular

RyP Informa

Acto y marcha del Hospital Tornú

25 de marzo de 2010

 

El 25  de marzo, un nutrido grupo de  trabajadores de la salud y vecinos de la comunidad de nuestro Hospital, nos congregamos en la puerta del mismo y luego marchamos hasta Triunvirato y Av. De Los Incas (respetando siempre un carril libre para el tránsito).

La reivindicación salarial fue sin duda la principal bandera.

También se reclamó por la defensa del hospital público, la provisión de insumos y las mejoras en las condiciones de trabajo, así como por el 82% móvil de las jubilaciones.

Es la primera vez que el Hospital sale en una marcha callejera con  semejante convocatoria.

Nuestro desafío es ahora continuar con medidas escalonadas de reclamo y exigir a la AMM  la convocatoria urgente al Consejo Central y medidas de lucha generales, tal como se votó en nuestra asamblea.

 Creemos necesarias algunas reflexiones:

  • El discurso del presidente de la filial, no respetó lo votado en asamblea, el categórico reclamo de un 40% no escalonado y sueldo de ingreso igual a la canasta básica, fueron  reemplazados  por un tibio e inespecífico “aumento de salarios digno”. Como interpretamos “digno”? Para Macri  nuestros salarios deben ser lo suficientemente dignos, para nosotros NO. Las decisiones votadas en asamblea deben ser respetadas al pie de la letra por nuestros representantes. Si acaso tienen una posición personal distinta, son libres de presentarla como moción, pero votar una propuesta y luego tergiversarla, es una conducta inaceptable.
  • Si los discursos de los actos no son consensuados por toda la comisión, entonces debe permitirse una tribuna abierta donde todos puedan opinar. Insistimos, actualmente, la Comisión Directiva cuenta con mayoría y minoría. La lista Unidad se apropió de la tribuna. Lamentablemente continúan “las trampas” y el ya famoso “no me representas”.
  • El Dr. Sussman sólo acompañó la marcha hasta la mitad de su recorrido,  afortunadamente, la misma continuó sin su dirigente a la cabeza. Todo un símbolo.

Volviendo a la marcha, es cierto que  faltaron carteles y también volantes, pero de ninguna manera faltó entusiasmo y compromiso

Fue nuestra primera marcha, estamos aprendiendo, debemos mejorar y continuar el camino.

Reflexionemos cómo continuar con nuestras medidas escalonadas de reclamos, es nuestro deber construirlas entre todos.

Es nuestro deseo, que el GCBA reconozca nuestra labor con salarios y condiciones de trabajo dignas y que los trabajadores de la salud no tengamos que invertir tiempo y energía en marchas y  reclamos que son justos.

Estamos convencidos de que todo ese esfuerzo debe ser usado en el crecimiento científico-técnico de nuestro Hospital, en beneficio de la salud que nuestros ciudadanos merecen

Es responsabilidad del GCBA de que esto sea así.

 

Sigamos unidos y solidarios, sin duda ese es el camino

                                                                                                                                                                                 RyP

movilizaciones en defensa de la salud

Mateada el domingo 25 de abril a las 12 horas en defensa de los hospitales publicos

Mateada el domingo 25 de abril a las 12 horas en defensa de los hospitales publicos.
Venir con mates, termos, pancartas, banderas, cacerolas, silbatos y todo lo que haga ruido , asi como tambien comunicados para la prensa en general desde todos los hospital.
Nos concentramos en el Hospital Oncologico Marie Curie de Parque Centenario en nombre de todos los hospitales de Capital Federal. En lo posible ir vestidos de blanco en representacion de los trabajadores de la salud.
Rachel Holway
celular 1558721823

en la AMM: los oficialistas y la minoría opositora

RyP informa

Consejo Central 6 de abril de 2010.

Tema central: Salarios-Paritarias

 

El Dr. Gilardi  inicia la reunión expresando que la demora en la convocatoria al Consejo Central fue un tema estratégico. Se esperó el cierre de las paritarias de los docentes que lograron un 23% escalonado: 5,3% en marzo, 5,3% en julio, 5,3% en noviembre y el resto en diciembre; siendo el gremio convocado por el jefe de gobierno con la misma propuesta. Se rechazó.

Se esperó también al cierre de SUTECBA, con una  nueva convocatoria y propuesta del jefe de gobierno, al que se le respondió que se “debía consultar a las bases”

Ilustrado con un power-point, el Dr. Gilardi explicó  los resultados de la negociación paritaria. Intentamos una síntesis, ya que el mismo Dr. Gilardi aseguró que toda esta información estaría en cada una de las filiales en 2 ó 3 días

 

1. El incremento salarial de bolsillo, retroactivo al 1º de marzo, se pauta en una suma fija de $800 ó $1000, según la categoría:

  • Categorías MS 21-22-23-24 (engloba a 4262 profesionales):  $   800
  • Categorías MS 20-19-18(engloba a  7515 profesionales):       $ 1000
  • Residentes R1 y R2 : $ 650
  • Residentes Jefes, Instructores y post- básicas : $ 750
2. Pase de $585 (que corresponden al único aumento del año 2009 fueron hechos remunerativos a partir del 1º de enero de este año) a la asignación primaria mensual o salario básico, lo que el Dr. Gilardi define como “despliegue de la carrera” hacia arriba o “despliegue vertical”
 
3. Los “plus” (guardia, jefaturas, prolongación horaria de 44 hs., áreas críticas, gastos de consultorios médicos de cabecera, pediatras en casa, suplementos de sábado, domingos y feriados) tienen a partir del 1º de marzo un 20% de aumento: desdoblado 10%  en abril y otro 10% en septiembre
 

4. Pase de categoría (promoción horizontal): La Ley Básica de salud y la Constitución de la Ciudad impide el pase automático. En nuestro caso, con el argumento de las horas de capacitación, se pasa de categoría cada 4 años. Esto permite alcanzar el techo a los 24 años de carrera, ya que en ese lapso se cambian 6 categorías y se llega a MS18. De los 11.700 médicos y profesionales de la Ciudad, 4000 están en la MS18

Se crea, entonces,  la categoría MS17 y significará un aumento de $700 más para dicha categoría. Hay que esperar hasta  noviembre para que se efectivice  porque se trata de un paso “muy costoso”

 

Los números, según  Gilardi:

 

A.  Volcadas las sumas fijas de $ 800 para las categorías más bajas y de $1000 para las más altas al salario bruto de bolsillo de las distintas categorías y a partir del 1º de marzo, da un incremento de:

MS24            28.16%

MS23            25.30%

MS22            22.90%

MS21             21.04%

MS20            24.26%

MS19             22.52%

MS18             20.92%

 

B. Al incorporar  los $ 585 al básico (“despliegue”), a partir del 1º de septiembre, los porcentajes anteriores variaran ligeramente, según la siguiente escala:

MS24            30.02%

MS23            29.30%

MS22            28.49%

MS21             27.93%

MS20            32.31%

MS19             31.58%

MS18             30.01%

 

C. Residentes, retroactivo al 1º de marzo:

R1                             24.0%

R2                            21.57%

R3-R4                     22.65%

Jefes                       22.15%

Instructores       21.67%

Post-básicas       22.65%

 

D. Suplementos de guardia:

MS24                 $ 121

MS23                 $ 166

MS22                 $ 181

MS21/20          $189

MS19/18          $ 197

 

En síntesis, un MS18, percibiría ahora $1000 de bolsillo, si hace guardia o jefatura alrededor de $200 a lo que se sumaría “el despliegue” en septiembre y el MS17 en noviembre

 

E. Suplementos por conducción

Jefe de sección                $ 139,86

Jefe de unidad                 $ 209,79

Jefe de división               $ 279,72

Jefe de Departamento  $ 349,66

Subdirección                    $ 419

Dirección                           $ 489

 

F. Suplemento por

Extensión horaria 44 hs                       $ 175

Gastos consultorio                                 $ 277

Área crítica (UTI, Neo, Anestesia)  $ 200

Pediatras en casa                                   $ 566

 

G. Suplencias de guardia

Abril                  10%

Septiembre     10%

 

El Dr. Gilardi consideró esta propuesta ventajosa dado que nos colocaría muy bien frente a la discusión salarial del año próximo

 

Luego de cerrarse el debate, que fue ríspido, con situaciones de bastante intolerancia con respecto a las propuestas de las minorías, que planteaban fundamentalmente la necesidad de una mejor recomposición salarial y que la propuesta presentada fuera sometida a la aprobación o rechazo en asambleas de Hospital, finalmente se plantearon 2 mociones:

 

1º Aprobación total de la paritaria tal cual había sido presentada, sin discusión en Asambleas de Hospital

 

2º Someter a Asambleas por Hospital la propuesta salarial

 

Estuvieron presentes 136 Consejeros, la 1º moción obtuvo 118 votos, la 2º solo 18. Ninguna abstención

 

Consideraciones de RyP

 

La actual situación salarial, a la que varias veces nos hemos referido como de un atraso histórico, requiere una corrección inmediata. En este sentido RyP, considera positivo el aumento obtenido, pero como planteó una consejera de la oposición sólo se trata de una mejora coyuntural que sigue requiriendo soluciones de fondo.

 

Analizando lo obtenido, vemos que los aumentos tienen la forma de suma fija, y el retroactivo es sólo a Marzo, lo que significa que hemos perdido dos meses, en los que la inflación o consumió nuestros ahorros o bien contrajo nuestro nivel de vida.
La demora estratégica no parece habernos favorecido.

Se anunció como un gran logro el “despliegue salarial”, eufemismo que significa queel  único aumento del año 2009, que pasó a ser remunerativo desde 01/01/10,  se incorporará al básico, el 50% a partir de septiembre del 2010,  y el resto en noviembre!!! Aclaremos: esta suma ya está en el sueldo y al incorporarla al básico, éste aumenta. Las categorías iniciales, entonces, no reciben nada y las subsiguientes un pequeño aumento porcentual.

Aquí vemos lo que pasa con los aumentos de suma fija, recién un año y medio más tarde se incorporan al básico.

Preguntamos… pasará lo mismo con los $800 o $1000, actuales? Quién pagará esa perdida retroactiva?.

 

El aumento de un 20% en los plus, escalonado (10% abril y 10% septiembre) tiene significación en la guardia y en algunos ítems menores pero se diluye en los meses que tardará en llegar a ser un 20% efectivo y real (un  10 % en abril representa un aumento real del 7,5 % anual, y 10 % en septiembre un aumento real del 3,3 % anual.)

 

La creación de la categoría 17 es una conquista importante, ya que mejora la promoción horizontal que tenía un techo y repercute positivamente en nuestras míseras jubilaciones pero se hará efectiva recién en noviembre.

Si tomamos el ejemplo de un sueldo MS20, 30 horas, sin ningún plus ni jefatura, cobraría en abril $1000, (y otros $1000 por única vez del retroactivo de marzo) y en septiembre/noviembre $331 más (ver cuadro)

 

 

Suma fija, marzo

585 al básico, sept/Noviembre

         DESPLIEGUE

noviembre

MS24

            28.16%

 

                        30.02%

 

 

MS23

            25.30%

 

                        29.30%

 

 

MS22

            22.90%

 

                        28.49%

 

 

MS21

            21.04%

 

                        27.93%

 

 

MS20

            24.26%

                        32.31%

 

 

MS19

            22.52%

 

                        31.58%

 

 

MS18

            20.92%

                        30.01%

 

MS17

 

 

+ $700

 

El cierre de Gilardi no merece comentarios: “considero esta propuesta muy ventajosa dado que nos coloca muy bien frente a la discusión salarial del año próximo”

Hemos cerrado entonces por este año toda posibilidad de seguir  mejorando nuestros ingresos? Se cerró la paritaria?

Siempre nos quedaremos en lo coyuntural y no buscando soluciones de fondo?

Nuestras familias  y nosotros tenemos que soportar los ajustes,  darle tiempo y ser comprensivos y pacientes con el mismo Gobierno que nos cobra puntualmente los impuestos de donde salen nuestros  sueldos?  

Lamentablemente, los que construimos el Hospital todos los días, en condiciones de trabajo cada vez peores, no somos tomados en cuenta a la hora de decidir nuestro destino, tanto en las propuestas iniciales como en la aprobación o rechazo de los acuerdos entre el Gobierno y algunos gremialistas. Sólo 18  de 136 consejeros fueron respetuosos de la voluntad de todos de decidir y participar, ojala este espíritu sea contagioso algún día para el resto
 
RyP